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UE / Tribunales; Telecos: Las operadoras de telefonía no están obligadas a ceder los datos de los clientes que descargan música

  • Así se desprende de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE.

Redacción Central, 29 enero (CERES TELEVISIÓN)


Una sentencia del T.S. de Justicia de la UE ha dictaminado que Telefónica no tiene la obligación de ceder a la asociación de productores y editores de música de España (Promusicae) los datos de sus usuarios de Internet que realizan descargas de música.

Los jueces europeos concluyeron que "el derecho comunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor, en el marco de un procedimiento civil".

No obstante, la sentencia también insta a los estados miembros a que, al adaptar las Directivas, "procuren basarse en una interpretación de éstas que garantice un justo equilibrio entre los distintos derechos fundamentales protegidos por el ordenamiento jurídico comunitario".

Además, añade que los tribunales nacionales no deben basarse en una interpretación de las directivas que "entre en conflicto con dichos derechos fundamentales o con los demás principios generales del Derecho comunitario, como el de proporcionalidad".

Para resolver la cuestión, los jueces han analizado la normativa europea sobre propiedad intelectual, privacidad y comunicaciones electrónicas y protección de datos personales.

El Tribunal recordó que entre las excepciones permitidas por la normativa europea sobre protección de datos personales figuran las medidas necesarias para la protección de los derechos y libertades de otras personas.

La legislación sobre privacidad y comunicaciones electrónicas "no excluye la posibilidad de que los Estados miembros impongan el deber de divulgar datos personales en un procedimiento civil. Pero tampoco obliga a los Estados miembros a imponer tal deber", según un comunicado del Tribunal.

En cuanto a las Directivas en materia de propiedad intelectual, la sentencia precisa que "tampoco obligan a los países a imponer el deber de comunicar datos personales en el marco de un procedimiento civil con objeto de garantizar una protección efectiva de los derechos de autor".

El dictamen del Tribunal se emite en relación con una denuncia de Promusicae contra Telefónica, en un caso elevado por un tribunal de Madrid a los jueces europeos.

Promusicae solicitó a finales de 2005 que se obligase a Telefónica a revelar la identidad y la dirección de determinados clientes que compartían música (sin permiso de los dueños de los derechos) mediante el programa de intercambio de archivos P2P ('peer to peer') KaZaA y de los que se conocía la dirección IP de sus ordenadores.

El Juzgado de lo Mercantil nº5 de Madrid remitió una consulta al Tribunal de la Unión Europea para que éste analizase el caso bajo la legislación europea, y la sentencia de hoy es el resultado.

Telefónica consideró dsede el principio que sólo está autorizada a facilitar los datos que reclaman las discográficas en el marco de una "investigación criminal o para la salvaguardia de la seguridad pública y la defensa nacional", y no para un proceso civil o como medida preparatoria.

  • Lea la sentencia íntegra.

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    Siguiendo los pasos de grandes medios como la norteamericana CBS o la británica BBC, la Agencia de Noticias Multimedia española CERES TELEVISIÓN se convierte en la primera en lanzar un canal propio con sus contenidos en "YouTube", el portal de vídeo y televisión propiedad de Google

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    'YouTube' es la plataforma líder en el mundo de vídeo por Internet y es el principal destino de la Red para ver y compartir vídeos originales de cualquier parte del mundo.

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